La Comunidad de Madrid ha remitido esta mañana al Centro la Orden 168/20222 de la Consejería de Sanidad por la que se modifica el uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Modificación de las letras a) y g) del punto 2 del apartado octavo que quedan redactadas de la siguiente forma:
2 La obligación de uso de mascarilla no será exigible en los siguientes casos.
a) En los supuestos en los que su utilización se encuentre exceptuada conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
g) En los centros docentes que ofrezcan las enseñanzas recogidas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, durante los períodos de recreo y en el desarrollo de otras actividades siempre que se realicen, en ambos casos, en espacios al aire libre
Por lo que a partir de ahora las mascarillas ya no serán obligatorias en los centros educativos durante los periodos de recreo y en el desarrollo de otras actividades que se realicen al aire libre, incluida las actividades extraescolares. Sin embargo los alumnos que lo deseen podrán seguir llevándolas si se sienten más seguros con ella.
Para evitar que durante los periodos de recreo los alumnos pierdan la mascarilla, es importante que bajen al patio con la riñonera que traían al colegio para guardarla mientras juegan. En esa riñonera al igual que hasta ahora, es conveniente que haya un paquete de pañuelos, un bote pequeño de gel hidroalcohólico y un par de mascarillas de repuesto ya que al entrar al edificio la mascarilla es obligatoria.